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DIVORCIO EXPRESS

Pese a que el Divorcio Express ha calado hondo en la cultura popular, se trata de una figura con menos de diez años de antigüedad en España. Su creación responde a la promulgación de la Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio.

Esa reforma del Código Civil, una de las acciones más tempranas de la primera legislatura de José Luís Zapatero (2004-2008), es un hito en el Derecho español, ya que fue la primera vez que se modificaba la Ley del Divorcio. Esta, aprobada en 1981, introdujo en nuestro país -por primera vez tras la dictadura franquista- la posibilidad de interrumpir un matrimonio.

Los retoques de 2005 aportan cambios sustanciales en la forma de poner fin a la relación entre dos personas desde un punto de vista jurídico. Normalmente se empieza haciendo alusión a los plazos, pues por algo se habla de Divorcio Express: es posible solicitarlo una vez hayan transcurrido tres meses de la boda, sin necesidad de una separación previa.

Parte de la base del acuerdo entre ambas partes, lo que facilita que el proceso transcurra con una cierta velocidad. Eso implica no tener que alegar causas para el divorcio y la posibilidad de establecer una custodia compartida de una manera mucho más rápida. Aspectos como el reparto de bienes comunes pueden realizarse a posteriori.

La inmediatez en la que vivimos hace que en los últimos años se haya dado una vuelta de tuerca al Divorcio Express, y ahora se habla de e-divorcios. Infinidad de agencias online ofrecen sus servicios para llevar a cabo todas las gestiones. Se ofertan paquetes con un precio fijo en el que se incluyen los gastos en el abogado, el procurador e incluso el IVA.

En cualquier caso, por mucho Divorcio Express que sea, sigue siendo imprescindible acudir al Juzgado para tratar el divorcio con el juez, para lo cual le recomendamos que contacte con uno de nuestros profesionales, utilizando para ello nuestro selector de localidades.

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